El presente informe, relativo a las medidas que ha adoptado Honduras para cumplir con las obligaciones contraídas en virtud de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (en adelante “la Convención), en particular, en relación con las medidas adoptadas por el Estado Parte para cumplir con las obligaciones que se derivan del artículo 12 de la Convención, pretende contribuir constructivamente al examen del Informe presentado por Honduras el 17 de marzo del 2016, que será evaluado por el Comité en su sesión programada el 22 y 23 de mayo del 2018.
Informe. Desaparición Forzosa en Honduras.
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